Servicio Social de Atención Social Básica

Servicio Social de Atención Social Básica

Los Servicios Sociales de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera están compuestos por:

ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA, PROGRAMA DE FAMILIAS Y OFICINA DE IGUALDAD.

 

Servicio Atención Social Básica

 

COLECTIVOS SOCIALES DE INTERVENCIÓN

  • Familias
  • Infancia
  • Juventud
  • Mujer
  • Personas mayores
  • Personas con discapacidad
  • Personas en situación de dependencia
  • Reclusos y ex reclusos
  • Minorias Étnicas
  • Inmigrantes
  • Emigrantes
  • Refugiados y solicitantes de asilo
  • Personas sin hogar
  • Personas con problemas de salud mental
  • Personas con problemas de conductas adictivas
  • Enfermos terminales
  • Otros grupos en situación de necesidad
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CATÁLOGO DE SERVICIOS Y PRESTACIONES

RENTA BÁSICA

La Renta Básica Extremeña de Inserción (RBEI) es una prestación económica de naturaleza asistencial, de percepción periódica y duración determinada, dirigida a garantizar la cobertura de las necesidades básicas de quienes se encuentran en situación de exclusión o riesgo de exclusión, y a promover su integración social y laboral.

BENEFICIARIOS

Las personas que se encuentren en situación de exclusión o en riesgo de exclusión por carecer de los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas y se encuentran en un estado de dificultad personal o social para su inserción en el mercado laboral y su integración social.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

Las personas interesadas en solicitar esta prestación deberán acudir a los Servicios Sociales de Base correspondientes a su domicilio y solicitar la asistencia de un trabajador social para cumplimentar la solicitud. Por los Servicios Sociales de Base se evaluará la situación del solicitante y, en su caso, del resto de miembros de la unidad familiar de convivencia, emitiendo el correspondiente informe social y, en su caso, el proyecto individualizado de inserción adaptado a las circunstancias, capacidades y necesidades personales y familiares del solicitante.

Para mayor información pinche en el siguiente enlace: RENTA BÁSICA

VACACIONES IMSERSO

Personas residentes en España que reúnan cualquiera de los siguientes requisitos: 

  • Tener como mínimo 65 años cumplidos.
  • Pensionistas de jubilación del Sistema Público de Pensiones.
  • Pensionistas de viudedad del Sistema Público de Pensiones, cuya edad sea igual o superior a 55 años
  • Pensionistas de Incapacidad, otros pensionistas del Sistema Público de Pensiones y prejubilados, en todos estos casos con 60 años cumplidos.
  • Presentar una solicitud.
  • Se considerará beneficiario/a, en calidad de acompañante, al cónyuge o pareja de hecho de esta persona, aunque no es preciso que reúna los requisitos de edad y pensión.

Se admitirá como acompañante a un hijo/a con discapacidad, que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siempre y cuando esta discapacidad les permita viajar y lo haga con sus padres y compartiendo habitación con ellos. Deberá cumplimentarse el apartado correspondiente de la solicitud con los datos del/de la hijo/a.

En todo caso, los solicitantes deberán valerse por si mismos y no padecer alteraciones de comportamiento que impidan la normal convivencia en los hoteles.

Si reúne cualquiera de estas condiciones y está interesado en esta oferta de viajes del Imserso tendrá que acreditarse para obtener plaza, cumplimentando la solicitud.¿Dónde se tramita?

- SSB

- Página IMSERSO

Para mayor información pulse en el siguiente enlace: IMSERSO

TERMALISMO SOCIAL

Requisitos A través del Programa de Termalismo Saludable el Estado español proporciona a los/las pensionistas, que por prescripción facultativa precisen los tratamientos que se prestan en los balnearios y que reúnan determinados requisitos, el acceso a precios reducidos a estos establecimientos.

El Programa está organizado y financiado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, quien anualmente concierta con establecimientos termales la reserva de plazas en balnearios para la estancia y tratamiento de las personas usuarias del Programa.

Pueden ser beneficiarios/as de una de las plazas del Programa de Termalismo Saludable los/las ciudadanos/as españoles/as y nacionales de otros países, que cumplen los siguientes requisitos:

• Ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social por los conceptos de jubilación y de invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona beneficiaria haya cumplido los sesenta años de edad. Igualmente, podrán ser beneficiarios/as de las plazas los/las españoles/as residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con el resto de requisitos.

  • No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
  • Poder valerse por sí mismo.
  • Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
  • Realizar, en el plazo indicado en la convocatoria de plazas, la solicitud y alcanzar el expediente, de conformidad con el baremo establecido, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
  • La persona solicitante podrá ir acompañada de su cónyuge o de la persona con quien conviva en relación de pareja, para la que no se exige la obligación de percibir pensión de la Seguridad Social.
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Para mayor información pulse en el siguiente enlace: TERMALISMO

ABONO SOCIAL DE TELEFONICA

REQUISITOS

• Ser jubilado o pensionista (tanto de pensiones públicas de la Seguridad Social como pensiones privadas).

• Que la renta familiar no supere los 8.946,14 euros en el año 2010 (14 pagas de 639,01 euros) equivalente al 120% del IPREM, según acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, publicada en BOE 149 de fecha 19 de junio de 2010.

Para el cómputo de la renta familiar, constituyen modalidades de unidad familiar las siguientes:

1ª La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiera:

a) Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.

b) Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

2ª En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a los que se refiere la regla anterior.Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. Ambos requisitos se consideran cumplidos cuando concurren en la persona que figura como titular del contrato del teléfono o en su cónyuge, siempre que ambos convivan en el mismo domicilio.

  • Que la instalación de la línea beneficiaria del Abono Social coincida con el empadronamiento del titular y que éste no disponga de otro teléfono que se beneficie de esta reducción.

¿Dónde SE SOLICITA?

- SSB

- Fax al número 901 50 37 00.

- Telefonica l Apartado de Correos: 423 Código Postal: 48080- Bilbao.

- Un correo electrónico a la dirección: abonosocial@telefonica.es.

BONO SOCIAL IBERDROLA

Requisitos

  • Tendrán derecho al bono social en su residencia habitual los consumidores que cumplan lo siguiente:
  • Potencia: que tengan una potencia contratada inferior a 3 kW.
  • Pensionistas: que con 60 o más años de edad, acrediten ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciban las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e
  • Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.
  • Familias numerosas.
  • Desempleados: que formen parte de una unidad familiar que tenga todos sus miembros, en edad de trabajar, en situación de desempleo.

Otros Requisitos:

Que el suministro esté destinado a la vivienda habitual del titular.

  • Que el suministro este acogido a la tarifa del último recurso.
  • Congelación por un periodo de dos años y de forma automática la tarifa eléctrica de los consumidores beneficiarios.
  • El "bono social" será de aplicación a partir del primer día del mes siguiente a la recepción completa de la documentación acreditativa durante un periodo de dos años, salvo pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a la percepción de sus beneficios.

¿Dónde se tramita?

  • Servicios Sociales de Base
  • Oficinas de Iberdrola.
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SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIIO

Requisitos

  • Ser residentes o residir en la comunidad autónoma de Extremadura.
  • Carecer de autonomía personal de tipo total o parcial, temporal o definitiva.
  • Requerir alguna de las actuaciones anteriormente descritas.
  • Obtener una puntuación mínima de 25 puntos, conforme al baremo establecido.

¿Dónde se tramita?

Servicios Sociales de Base.

SERVICIO DE TELEASISTENCIA

Podrán ser destinatarias del Servicio las personas mayores de 65 años y las personas discapacitadas que NO estén valoradas como dependientes por el SEPAD, que vivan solas permanentemente o durante gran parte del día, o bien que, aunque convivan con otras personas, éstas presenten idénticas características de edad o discapacidad y que estén empadronadas en los municipios cacereñosY que No disfruten en la unidad familiar a la que pertenezca de unos ingresos totales mensuales superiores al 1,5 del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples).

¿Dónde SE SOLICITA?

Servicios Sociales de Base

Para mayor información pinche en el siguiente enlace: TELEASISTENCIA

 

TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INGRESOS EN : PISOS TUTELADOS CENTROS DE DIA Y CENTROS RESIDENCIALES DE VALIDOS Y ASISTIDOS PARA PERSONAS MAYORES

PISOS TUTELADOS: Pequeñas unidades de convivencia ( máximo 20) de gestión municipal, para pesonas que se valen por si mismas, con escasa red familiar de apoyo

CENTROS RESIDENCIALES: Alojamiento temporal o permanente pudiendo ser de gestión directa, municipal o en concierto con otras entidades privadas

Personas mayores de 65 años, 60 años (pensionistas) y 50 (personas con discapacidad y cuyas circunstancias personales, familiares o sociales aconsejen el ingreso en este recurso)

¿ Donde se tramita?

- Servicios Sociales de Base 

SOLICITUD DE VALORACIÓN DEL GRADO AUTONOMIA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

Para mayor información pulse en el siguiente enlace: SEPAD

BENEFICIARIOS

Supone el reconocimiento de un derecho de la autonomia personal y atención a las personas en situación de dependencia, mediante la creación de un Sistema para la autonomia y atención a la Dependencia

¿Dónde se tramita?

- Servicios Sociales de Base

- Centros de Salud

TARJETA TRANSPORTE SUBVENCIONADO

Actualmente este sistema alcanza al colectivo compuesto por:

  • Mayores de 60 años
  • Personas beneficiarias de pensiones contributivas de incapacidad permanente, en sus grados total, absoluta o gran invalidez, reconocidas en los regímenes de protección de la Seguridad Social.
  • Personas beneficiarias de pensiones de invalidez reconocidas en el régimen del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).
  • Personas beneficiarias de pensiones no contributivas de invalidez.
  • Personas beneficiarias de pensiones de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio en el régimen de Clases Pasivas del Estado.
  • Personas beneficiarias de subsidios reconocidos al amparo de la Ley de Integración Social de los Minusválidos.
  • Personas beneficiarias de ayudas del Fondo Nacional de Asistencia Social.
  • Personas causantes de la prestación familiar por hijo discapacitado a cargo (Afectadas por una minusvalía igual o superior al 65%).
  • Jóvenes que tengan entre 14 y 30 años y sean titulares del Carné Joven Europeo.
  • Víctimas de violencia de género.

Debiendo cumplir, todos ellos, los requisitos que seguidamente se detallan:

  1. Tener su domicilio habitual en un municipio perteneciente a la Comunidad Autónoma de Extremadura. (A estos efectos, tienen domicilio habitual en la Comunidad Autónoma de Extremadura quienes figuren empadronados en uno de sus municipios, sean nacionales, residentes extranjeros, nacionales de Estados miembros de la Unión Europea de o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, personas a quienes sea de aplicación el régimen comunitario, o personas titulares del derecho de asilo o del derecho a la protección subsidiaria)
  2. No percibir rentas procedentes, conjunta o aisladamente, de pensión de jubilación, de trabajo o de cualquier actividad económica, en un importe igual o superior al triple de la cuantía mensual del Indicador Público de Renta de Efectivos Múltiples (IPREM): 1597,53 € para el año 2014.
  3. Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Administración de la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica.

¿Dónde se solicita?

Servisios Sociales de Base 

SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE DISCAPACIDAD

Requisitos

  • Poseer una discapacidad igual o superior al 33%.- Será valorada por el equipo del CADEX
  • Regulado en el R.D. 1971/1999 de 23 de diciembre. BOE de 26/01/2000
  • Con el reconocimiento de discapacidad puede acceder a los beneficios que le otorgan las administraciones.

¿Dónde se tramita?

  • Servicios Sociales de Base
  • Centros de Salud; Asociaciones de Discapacitados
  • Directamente al CADEX.

 

Para mayor información pulse en el siguiente enlace: CADEX

SOLICITUD DE TARJETA ACREDITATIVA DEL RECONOCIMIENTO DE DISCAPACIDAD

Requisitos

  • Haber sido reconocido por el CADEX como discapacitado con un grado igual o superior al 33%
  • Normativa publicada en el DOE de 2/10/2003
  • Con la tarjeta se puede beneficiar de abono o descuentos en tasas educativas, impuestos, etc

¿Dónde se tramita?

  • Servicios Sociales de Base
  • Centros de Salud
  • Asociaciones de Discapacitados
  • Directamente al CADEX.
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Para mayor información pulse en el siguiente enlace: CADEX

SOLICITUD DE ADMISIÓN EN CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Requisitos

  • Tener la condición de discapacitado. Ser residente en la Autónoma desde dos años anteriores a la fecha de la solicitud, excepto para aquellos ciudadanos que disfruten de el reconocimiento de extremeñidad o transeúntes en situación de urgencia social
  • No padecer enfermedad infecto-contagiosa
  • No presentar trastorno de conducta
  • Haber sido valorado y orientado por el Equipo de valoración del CADEX
  • Dependiendo del tipo centro el usuario deberá reunir también requisitos específicos

¿Dónde se tramita?

  • Servicios Sociales de Base
  • Centros de Salud
  • Centros y Asociaciones de Discapacidad.
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TITULO DE FAMILIA NUMEROSA

Requisitos

Tener la condición de familia numerosa. Según los requisitos establecidos en la ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección a las familias numerosas. Las familias numerosas se pueden acoger a una serie de ventajas que se pueden ver en la página de la federación Nacional de familias numerosas.

¿Dónde se tramita?

  • Servicios Sociales de Base
  • Servicios territoriales de la Consejería de Igualdad y empleo de la Junta de Extremadura.
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Para mayor información pulse en el siguiente enlace: FAMILIAS NUMEROSAS

 

AYUDA ECONÓMICA A VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO CON CARENCIA DE RECURSOS Y ESPECIALES DIFICULTADES DE EMPLEABILIDAD.

REQUISITOS.

- Residir en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura

- Tener vigente el titulo de acreditación de la situación de violencia de género

- Carecer de rentas que en cómputo mensual, no superen el 75% delsmi vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

- Tener especiales dificultades para obtener un empleo(circunstancia acreditada a través de informe del SEXPE que será recabado de oficio por el organo gestor de las ayudas.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

La solicitud de la ayuda podrá presentarse durante todo el año mientras permanezca vigente la orden de protección, el informe del Ministerio Fiscal o, en su caso, las medidas protectoras de la mujer establecidas en la sentencia condenatoria.

¿Dónde se tramita?

- Servicios Sociales de Base

- La solicitud y la documentación que se acompañe se presentarán preferentemente en el Registro General de la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales, sito en la C/ Antonio Rodríguez Moñino, 2A, de la localidad de Mérida, provincia de Badajoz.

 

 

  • Oficina de Igualdad

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En funcionamiento desde 2008.

Desde esta oficinas se desarrollan actuaciones de información ,asesoramiento, prevención y sensibilización, con el objeto fundamental de contribuir a eliminar cualquier tipo de discriminación hacia la mujer y hacer efectivo el derecho de igualdad de trato de oportunidades entre mujeres y hombres.

Las actuaciones para garantizar el principio de transversalidad, se llevan a cabo en: Educación, Sanidad, Servicios Sociales, Sindicatos y Empresas de la Zona, Asociaciones de Mujeres, Administración Local y Medios de Comunicación.§EJECUTAR la transversalidad de la Igualdad de Oportunidades en todas las políticas locales y mancomunales.

  • OBJETIVOS

  • PREVENIR situaciones de desigualdad entre hombres y mujeres.

  • SENSIBILIZAR y tomar conciencia de los valores igualitarios, derechos y libertades fundamentales.

  • INFORMAR sobre los derechos, programas y recursos para mujeres.

  • ASESORAR y atender las demandas presentadas, derivando a los servicios especializados.

  • COORDINAR las actuaciones con los distintos ámbitos de la sociedad, como educación, sanidad, servicios sociales, sindicatos, empresas de la zona, asociaciones de mujeres, etc.

GUÍA RECURSOS SOCIALES

 

  • JARAÍZ DE LA VERA
    • RESIDENCIA Y HOGAR DE MAYORES DE JARAIZ DE LA VERA
      • Carretera de Plasencia s/n
      • Telefono 927 014019
    • CENTRO DE DIA
      • C/ Mérida Telefono
      • 927461205
  • PASARÓN DE LA VERA 
    • CENTRO DE DIA
      • C/ Manrique de Lara
      • Teléfono 927 469049
  • LOSAR DE LA VERA
    • R. BUENA VISTA
      • C/ Camino Viejo de Cuartos s/n
      • Telefono 927570189
    • R. SERVIMAYOR
      • Carretera Comarcal Km 1
      • Teléfono 927 198658
    • PISOS TUTELADOS
      • C/ La Higuera s/n
      • Telefono 927 570332
  • JARANDILLA DE LA VERA
    • RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE SOPETRAN
      • Carretera de Guijo de Santa Bárbara.
    • CENTRO DE DIA MUNICIPAL.
  • Concertado con Cruz Roja Española
    • Avd. Ruiz Jimenez.
    • Teléfono 672034813
  • GUIJO DE SANTA BÁRBARA
    • CENTRO DE DIA.
      • Teléfono 927 560242
  • CUACOS DE YUSTE
    • CENTRO DE DIA.
      • Teléfono 927 172209
  • ALDEANUEVA DE LA VERA
    • CENTRO DE DIA
      • C/ Chorrera de la Mora
      • Telefono
  • VIANDAR DE LA VERA
    • PISOS TUTELADOS
      • Telefono 927573790
      • Dirección
  • VALVERDE DE LA VERA
    • RESIDENCIA Y CENTRO DE DIA
      • Avd. Condes de Nieva, 26
      • Teléfono 927 567179
  • MADRIGAL DE LA VERA
  • RESIDENCIA MUNICIPAL. MENSAJEROS DE LA PAZ 
  • C/ Del Alamo
  • Telefono 927 565314
    • RESIDENCIA CRISTO DE LA LUZ
      • Barrio Cristo, 1
      • Telefono 927 565501
      • CENTRO DE DIA
  • VILLANUEVA DE LA VERA
    • RESIDENCIA MUNICIPAL Y CENTRO DE DIA EL PRADO
      • C/ del Prado s/n
      • Telefono 927 566305